Reforma de la Ley de la Ciencia: sin personal de investigación no hay ciencia

Este artículo es de autoría conjunta con Elisa Fernández, representante de CCOO CSIC en Coordinadora de Marea Roja de la Investigación.

Ya lo decía Baroja en boca de Andrés, el protagonista de El árbol de la ciencia, cuando describía al español medio como inepto para la ciencia y para la civilización. Porque, que a España no le importa la ciencia ha quedado de manifiesto en múltiples ocasiones a lo largo de su historia reciente.

La primera Ley de la Ciencia española es del 14 de abril de 1986. Los pioneros y pioneras que lograron la aprobación de la Ley eran científicos tanto de reconocido prestigio como jóvenes dispuestos a que la ciencia española despegara en ese período de la Transición. La propia Ley habla de “los nexos que unen la investigación y el desarrollo socio-económico” y señala que el problema de la ciencia española es “la insuficiente dotación de recursos y la desordenada coordinación y gestión de los programas investigadores”. Los científicos ya habían dejado escrito en distintas ocasiones, como es el caso del Manifiesto publicado en 1980, que la inversión en ciencia debía hacerse inmediatamente, ya que iban en aumento el retraso y deterioro de instituciones científicas, la desmoralización de los investigadores españoles, así como la pérdida de los más jóvenes. Lo que estaba claro es que las cosas no podían seguir como se habían hecho siempre.

De acuerdo a Victoria Ley, la Ley de la Ciencia de 1986 supuso la creación de una estructura de investigación moderna y abierta, lo suficientemente sólida para que la política presupuestaria del PP no la aniquilara.

En 2011 se aprueba la segunda Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que venía a dar respuesta a cinco cuestiones del contexto científico que no estaban presentes en 1986, entre ellas el cambio del modelo productivo español. La Ley 14/2011 dice explícitamente que el modelo basado en la construcción y el turismo se ha agotado, y que la apuesta por la investigación e innovación puede conseguir una economía basada en el conocimiento más equilibrada, diversificada y sostenible.

Curiosamente (o no), a pesar de este “compromiso” con la ciencia española, los Presupuestos Generales del Estado de 2016 destinaron menos inversión para la ciencia que en 2009, un retroceso de una década.

Pero intentemos quedarnos con lo positivo: esta nueva Ley significó un gran avance en varios aspectos, pero principalmente lo fue para los y las investigadoras predoctorales. Ahora el acceso a la ciencia se realiza a través de contratos y no de becas. Sin embargo, en esta misma Ley también se decidió que el personal de investigación fuera de segunda categoría.

La traición al personal de investigación

En 2011, el PP decide doblegarse a las presiones de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) e incluye, con nocturnidad y alevosía en la Ley 14/2011 la DA23ª que la entonces Ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado aceptó sin negociar. En ella se aplicaba una excepción laboral para que al personal de investigación no se le aplicara el estatuto de trabajadores como en el resto del mundo laboral. Trabajadoras y trabajadores de segunda que podían encadenar contratos temporales en un mismo organismo más allá de los 3 años tope que se aplicaban en  el resto de sectores laborales.

Según la CRUE esta excepción es necesaria porque en ciencia la contratación es diferente, dinámica y se requiere de temporalidad  no solo debido a que la financiación se obtiene principalmente de proyectos temporales, sino a que las líneas de investigación avanzan y no sabes qué tipo de experto o experta puedes necesitar en cada momento. Además, según la misma organización, los contratos temporales también son necesarios para acabar con la litigiosidad.

Así que la Ley 14/2011 fue aprobada por unanimidad en el Congreso con esta DA23ª que, según la CRUE, evitaría litigiosidad ya que, según ellos, no se podría reclamar la plaza fija por vía judicial. Solo se opuso a esta disposición el diputado Gaspar Llamazares que calificó a la ley como “ley contra los trabajadores de la investigación”. El personal de investigación fue traicionado.

Seguíamos como en 1980 cuando los científicos denunciaban la desmoralización de los investigadores y, especialmente, la pérdida de los más jóvenes que abandonaban la ciencia. ¿Acaso nos extraña que siendo trabajadoras y trabajadores de segunda, con derechos inferiores por ley al resto de trabajadores, con unos salarios paupérrimos y unos riesgos psicosociales elevadísimos las tasas de abandono de la investigación sean elevadas?

¿Pero de verdad se terminó con la tan reclamada litigiosidad con esa DA23ª? El CSIC, siempre a la vanguardia en la ciencia española pero sobre todo en derechos de sus trabajadores, es un apasionado de la temporalidad para puestos estructurales de la propia organización, por delante de otras modalidades de contrato como el personal funcionario o laboral fijo. Esta situación deriva de las bajas tasas de reposición en las ofertas de empleo público de los peores años de la crisis de 2011 y del mantenimiento de un sistema de ciencia y tecnología a base de proyectos. El caso es que la manera de encadenar contratos temporales del CSIC durante años es ilegal según el Estatuto de los Trabajadores, y empezaron a lloverle las demandas y sentencias judiciales que convertían en personal indefinido no fijo a los y las demandantes. Una situación que ha derivado en que en el CSIC se tengan que estabilizar cerca de 2000 puestos de trabajo por estar en fraude de ley. Para intentar quitarse este problema de encima, el CSIC con su mejor inventiva introdujo entonces la bolsa de empleo con una cláusula que impedía la contratación del personal si este ha trabajado para el CSIC veinticuatro meses en los últimos 30 meses. Una cláusula que fue denunciada por la representación sindical y que fue resuelta con sentencia favorable ante la ilegalidad de la misma.  

Reforma de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Investigación en 2022

Señalaba Javier de Lucas que diez años son muchos cuando se considera la velocidad tecnológica de desarrollo e innovación. Es por ello, que urgía una reforma de la ley vigente de 2011 para actualizarla al panorama actual. Esta reforma empezó con el anterior ministro de Ciencia e Innovación Pedro Duque y continuó con la ministra Diana Morant hasta su aprobación en el Senado el pasado 19 de julio de 2022.

La reforma supone una serie importante de avances: desde una financiación pública estable y creciente, hasta la reducción de la carga administrativa o la configuración de un itinerario postdoctoral con el objetivo de reducir la edad de entrada al sistema, así como facilitar la incorporación estable a dicho sistema. Además, la norma pretende resolver las principales desigualdades relativas al género del personal de investigación, y procura nuevos derechos al personal técnico.

Así, la reforma de la Ley de la Ciencia 14/2011 acaba con la peculiar situación de precariedad de los y las trabajadoras de la ciencia española en cuanto a la encadenación de contratos temporales. Bueno, salvo que estés contratado con fondos europeos. Entonces, gracias al PP, Vox, PNV, UPN, Junts y ERC sigues siendo personal de segunda categoría y no tienes los mismos derechos que tus colegas contratados con fondos nacionales. Como consecuencia de la aprobación en el Senado de la enmienda 76 presentada por el Grupo Parlamentario Popular, se suprime la disposición adicional décima que equiparaba la contratación, evitando discriminación conforme al origen de los fondos competitivos. Debido a esta enmienda de última hora, la reforma vuelve al Congreso de los Diputados para que el próximo 25 de agosto se apruebe la entrada en la versión definitiva del texto de esta enmienda de la vergüenza. Es decir, todavía podemos, como sociedad, hacer recapacitar a nuestros políticos para que prime el sentido común por delante de la explotación laboral que, ¡oh, sorpresa!, sigue defendiendo la CRUE y algunos directores de centros SOMMa

CRUE y SOMMa contra sus trabajadoras y trabajadores

Los argumentos siguen siendo los mismos: que si el mundo de la ciencia es diferente al resto y requiere de temporalidad, que si la litigiosidad, que si la pérdida de fondos de las ayudas europeas… La realidad que defienden los colectivos de personal de investigación es que en la actualidad la práctica es renovar contratos a las mismas personas según finalizan los proyectos y se obtienen nuevos. Si has trabajado en investigación lo habrás vivido si no en carne propia, en la de alguno de tus compañeras y compañeros. 

De lo que no habla la CRUE es de que esto supone gastos de gestión y de indemnización de fin de contrato cada vez que terminan los contratos temporales. Sin embargo, con la reforma, el personal tendría contratos indefinidos, no dependientes de proyectos sino de la propia línea de investigación, de manera que se evita la gestión continua de contratos temporales, así como las indemnizaciones, que se producirían solo si la línea de investigación se queda sin financiación. Y, ojo, la financiación gruesa de las líneas de investigación no proviene de fondos europeos, y generalmente suele ser estable.

En caso de que la financiación se acabara, entonces sí, la indemnización pasa de 12 días, a 20 días, lo que supone un incremento de aproximadamente 800€ por año trabajado. Cabe tener en cuenta que 800€ en investigación no llegan para comprar tres anticuerpos. Esta es la financiación que se “pierde” de los proyectos europeos: menos de tres anticuerpos. ¿Por menos de 3 anticuerpos vamos a mantener la precariedad del personal contratado con fondos europeos competitivos? Aunque la cuestión de fondo no es si se ahorra o se gasta el dinero: estamos hablando de derechos laborales básicos, que ya están reconocidos para cualquier trabajadora y trabajador (que no esté en la ciencia y contratado con fondos europeos). Realmente, ¿la CRUE piensa que con la enmienda que nos han colado se acaba la litigiosidad, cuando con ella se prolonga una discriminación según la fuente de financiación?

En Jot Down cuentan como los principales opositores a la primera Ley de la Ciencia española de 1986, fueron catedráticos que tenían mucho que perder con la evaluación de méritos. Y desde aquí nos preguntamos si lo de ahora no es una pataleta de viejas glorias. Andrés en El árbol de la ciencia también habla de este tipo de profesores común en los años 80: Sin duda no los jubilaban por sus influencias y por esa simpatía y respeto que ha habido siempre en España por lo inútil.

En fin, nos hemos hartado de clamar que la ciencia española no necesita de tijeras, que sin ciencia no hay futuro… ¡Y es verdad! Tenemos muy reciente que la ciencia nos ha sacado de una pandemia que paralizó al mundo. Pero no hay que olvidarse que la ciencia la hace el personal de investigación y sin ellos y ellas no hay ciencia. Lo mínimo que podemos hacer es defender sus derechos. Estos días y, especialmente el 25 de agosto, es momento de tuitear como si no hubiera un mañana (porque para muchos y muchas no lo hay) con los hashtag #NoAEnmienda76 #LeyDeLaCienciaConDerechos, pidiendo a los grupos parlamentarios que voten NO a la entrada de la enmienda en el texto final de la ley. La ministra ya ha dado el pistoletazo de salida 😉 Nos leemos en Twitter.

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